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El ABC del nuevo reglamento de tránsito de la Ciudad de México.

El ABC del nuevo reglamento de tránsito de la Ciudad de México.

Nuevo Reglamento de tránsito

A partir del 15 de diciembre se implementará el nuevo reglamento de tránsito de la Ciudad de México, con la clara consigna de darle un lugar privilegiado a los peatones de la capital del país. El nuevo reglamento de tránsito le darán prioridad a quienes andan a pie por las calles de la Ciudad.

Con anterioridad se había dado prioridad a los automóviles, y la movilidad estaba planeada para mejorar la calidad de vida de los automovilistas, por lo que en el gobierno capitalino han decidido darle un giro a las prioridades y mejorar la calidad de vida de los peatones así como promover sus derechos.

El eje central de este nuevo reglamento, es la seguridad de las personas. Y con ello evitar todo tipo de accidentes viales, en donde los más desprotegidos son los peatones y los ciclistas.

A partir de ahora, cambiará el discurso, se empezará a hablar de

“una ley de movilidad en lugar de una ley de transporte.”

Por lo que la visión del gobierno de la Ciudad da un paso adelante y se coloca al nivel de los países de primer mundo en donde el protagonista será el peatón y no los automóviles.

El nuevo reglamento considera que es necesario impulsar una “pirámide inversa” en donde la ciudad debe repensar y dar prioridad a los peatones y tiene que replantear el funcionamiento de la misma desde esta óptima.

La entrada en vigor será este mes de diciembre y la segunda a principios del 2017.

Dentro de este nuevo planteamiento, habrá ciertas sanciones que van desde penas económicas, hasta otro tipo de penalizaciones en las licencias de conducir, que serán canceladas al reunir 12 puntos de penalización por individuo.

En el nuevo reglamento implementará penalizaciones que serán sancionadas a través de puntos.

El exceso de velocidad en zonas de tránsito calmado: será acreedor a 3 puntos de pena. Y se establecerán nuevos límites de velocidad que se medirán a través de radares de velocidad.

PEATONES:

  • Los peatones deberán ceder el paso a vehículos de emergencia, cuando tengan las señales luminosos encendidas.

CICLISTAS: 

  • Tendrán prohibido circular sobre aceras, salvo los menores de 12 años y elementos de seguridad pública.
  • Pueden circular entre carriles cuando haya transito lento o detenido. Deberán colocarse en lugares visibles para reiniciar la marcha.
  • AUTOMOVILES: 
  • Prohibido utilizar teléfono celular: multa hasta de $2,446 pesos
  • Transportar mayor numero de personas: sanción $699 pesos
  • Circular sin licencia: multa $ $1,398 pesos y remisión del auto al corralón.
  • No respetar programa “Hoy no circula”: sanción $2,097 pesos
  • Utilizar claxón, o ruido excesivo del motor: multa $1,398 pesos
  • Transitar por zonas escolares a alta velocidad: multa $1,398 pesos.
  • Exceder limites de velocidad: 1,398 pesos
  • Organizar y participar en arrancones: multa $2,097 pesos
  • Vuelta continua a la derecha o a la izquierda queda prohibida: multa $1,398 pesos
  • Autos que invadan la cebra peatonal, o la zona de espera de bicis y motocicletas: multa $2,097 pesos.
  • Subir o bajar a personas en carriles centrales: multa $2,097 pesos
  • Estacionarse en lugares o cajones prohibidos, para descarga o discapacitados: multa $2,097 pesos
  • Circular en ciclovía: multa $2,097 pesos.
  • Transitar sin luces en la obscuridad: multa $1,398 pesos
  • Portar casco de seguridad, quien no lo utilice tanto pasajero como conductor: multa $1,398 pesos.

TRANSPORTE PUBLICO:

  • Subir o bajar pasaje en un segundo o tercer carril: multa $13,982 pesos
  • Circular en vías centrales de acceso controlado sin autorización: multa $2,796 pesos
  • Llevar audio con altos niveles de volumen: multa $1,398 pesos

Los puntos tendrán una penalización de vigencia de un año, a partir de la expedición de la ley por lo que habrá que estar pendientes y atentos de las nuevas reglas.

A las personas que lleguen a los 12 puntos de penalización se les cancelará temporalmente la licencia de conducir teniendo que llevar a cabo un trámite para su reexpedición y ello sólo podrá ser después de transcurridos 3 años.



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