A partir de el día de hoy en adelante la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha aprobado la regulación de las marchas y manifestaciones en la Ciudad de México. Por mayoría de votos 6 a favor y 4 en contra el tribunal del pleno avaló el artículo 212 de la Ley de Movilidad vigente de la capital del país, en el cual se pide a todos los grupos o individuos que pretendan realizar una marcha lo que es absolutamente constitucional, 48 horas antes de llevarla a cabo.
Así cualquier peregrinación, desfile, caravana u contingente en la capital del país tendrá que ser planeada y avisar por escrito a las autoridades capitalinas en la Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de México.
Con ello, cualquier marcha o manifestación que no sea anunciada con 48 horas de anticipación será dispersada por no dar aviso a las autoridades con tiempo. Por otro lado, los cuerpos de seguridad pública que tengan conocimiento de la realización de una manifestación en lugares públicos planearán de la mano de la Secretaría de Gobierno de la capital, los operativos pertinentes para reaccionar y cuidar a la ciudadanía en caso de que la manifestación se torne violenta.
Quedará prohibido realizar dichas manifestaciones sobre vialidades primarias como lo son Periférico o Tlalpan por ejemplo, entendiéndose como primarias las que tienen carriles confinados, de acceso restringido, con laterales y sin semáforos.
Así también de declaro constitucional que la Secretaría de Seguridad Pública pueda tomar las medidas necesarias para evitar bloqueos en vías primarias de circulación continua.
por su parte la Comisión de Derechos Humanos de ls capital del país, está a favor de respetar los derechos humanos de todos, tanto de los que deseen manifestarse como de los ciudadanos a la libre circulación, por lo que la Ombudsman capitalina Perla Gómez, aseguró que el objetivo es que se logre la coexistencia de ambos derechos, para que no se reprima de ninguna manera el libre derecho a la libertad de expresión en la Ciudad.
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