La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó por unanimidad de votos la inconstitucionalidad de la prohibición de los matrimonios entre el mismo sexo en el estado de Jalisco.
Con esto, se invalida el artículo 260 del Código Civil de la entidad, al que se le realizarán las modificaciones correspondientes tras la aprobación y será publicado próximamente en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Periódico Oficial del estado de Jalisco y el Semanario Judicial de la Federación, por lo que las personas del mismo sexo que deseen contraer matrimonio lo podrán hacer sin ninguna restricción legal.
El magistrado José Ramón Cossío quien promovió este proyecto de ley en la Corte, aseguró que el Código Civil que maneja actualmente la entidad era 100% anticonstitucional ya que se limitaba a promover exclusivamente la unión entre parejas heterosexuales, lo cual resultaba discriminatorio para el resto de los habitantes.
En otras entidades como Nuevo León, Estado de México, Oaxaca, Puebla y Baja California se avaló desde 2012 esta modalidad, por lo cual las personas del mismo sexo tendrán libre albedrío para contraer nupcias.
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